¿Es posible que me incrementen el valor del arrendamiento del consultorio todos los años? – Prelegal Assist
[vc_row][vc_column][vc_column_text]
A diferencia de lo que sucede en los contratos de arrendamiento de vivienda urbana en donde anualmente es posible ajustar el aumento del canon de arrendamiento sobre un porcentaje que no supere el IPC del año inmediatamente anterior, en los contratos de arrendamiento de local comercial no existe ninguna disposición al respecto, por lo que es muy importante que las partes de común acuerdo pacten expresamente las reglas sobre este particular.
En consecuencia, en los contratos de arrendamiento de local comercial el canon se debe cobrar de conformidad con lo que hayan establecido las partes en el contrato y solamente podrá modificarse en los siguientes escenarios:
1. Por mutuo acuerdo.
2. Por vía judicial, al momento de la renovación del contrato y aportando pruebas periciales que justifiquen el incremento del canon de arrendamiento de conformidad con el valor comercial de la zona en donde se encuentre ubicado el inmueble.
Si deseas acceder a los beneficios que Prelegal Assist tiene para los afiliados a FECOLSOG da clic aquí