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ACOG Practice Bulletin de mayo de 2021

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ARTÍCULO DEL MES

Indications for Outpatient Antenatal Fetal Surveillance: ACOG Committee Opinion Summary, Number 828.
[No authors listed]Obstet Gynecol. 2021 Jun 1;137(6):1148-1151. doi: 10.1097/AOG.0000000000004408.

Indicaciones para la vigilancia fetal prenatal ambulatoria

RESUMEN: El propósito de esta Opinión de Comité es ofrecer orientación sobre las indicaciones, el momento y la frecuencia de la vigilancia fetal prenatal en el ámbito ambulatorio. La vigilancia fetal prenatal se realiza para reducir el riesgo de muerte fetal. Sin embargo, debido a que es posible que no se conozca la vía que da lugar a un mayor riesgo de muerte fetal para una afección determinada y no se ha demostrado que la vigilancia fetal prenatal mejore los resultados perinatales para todas las afecciones asociadas con la muerte fetal, es un desafío crear una lista prescriptiva de todas las indicaciones para las cuales se debe considerar la vigilancia fetal prenatal. Esta Opinión de Comité proporciona orientación y sugiere la vigilancia de afecciones para las cuales se informa que la muerte fetal intrauterina ocurre con más frecuencia de 0,8 por 1000 (la tasa de falsos negativos de un perfil biofísico) y que están asociadas con un riesgo relativo o razón de probabilidades de muerte fetal de más de 2,0 en comparación con los embarazos sin la enfermedad. La Tabla 1 presenta sugerencias para el momento y la frecuencia de las pruebas para condiciones específicas. Al igual que con todas las pruebas e intervenciones, la toma de decisiones compartida entre la persona embarazada y el médico es de vital importancia al considerar u ofrecer vigilancia fetal prenatal para personas con embarazos con alto riesgo de muerte fetal o con múltiples comorbilidades que aumentan el riesgo de muerte fetal. Es importante enfatizar que la orientación ofrecida en esta Opinión de Comité debe interpretarse únicamente como sugerencia; esta guía no debe interpretarse como mandato o como un todo abarcador. En última instancia, se recomienda la individualización sobre si ofrecer vigilancia fetal prenatal y cuándo ofrecerla.

Recomendaciones y Conclusiones

El Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos hace las siguientes recomendaciones y conclusiones con respecto a las indicaciones para la vigilancia fetal prenatal:

  • Esta Opinión de Comité proporciona orientación y sugiere la vigilancia de las afecciones para las que se informa que la muerte fetal intrauterina ocurre con más frecuencia de 0,8 por 1000 (la tasa de falsos negativos de un perfil biofísico o perfil biofísico modificado) y que están asociadas con un riesgo relativo ( RR) o razón de posibilidades de muerte fetal de más de 2.0 en comparación con los embarazos sin la afección.
  • Como no se disponía de datos sobre el riesgo de muerte fetal ajustado por edad gestacional, las sugerencias del Comité sobre cuándo comenzar la vigilancia fetal prenatal se basan en el riesgo informado de muerte fetal, que generalmente se divide en tres categorías principales de cuándo comenzar: (1) a las 32 0/7 semanas, (2) a las 36 0/7 semanas o (3) a las 39 0/7 semanas de gestación o más (si no ha nacido). Sin embargo, se recomienda individualizar si y cuándo comenzar la vigilancia fetal prenatal.
  • Iniciar la vigilancia fetal prenatal a las 32 0/7 semanas de gestación o más tarde es apropiado para la mayoría de las pacientes en riesgo. Sin embargo, para las mujeres embarazadas con afecciones de alto riesgo múltiples o particularmente preocupantes (p. Ej., Hipertensión crónica con sospecha de restricción del crecimiento fetal), la vigilancia fetal prenatal podría comenzar en una edad gestacional en la que se consideraría el parto para obtener un beneficio perinatal.
  • Al igual que con todas las pruebas e intervenciones, la toma de decisiones compartida entre la persona embarazada y el médico es de vital importancia al considerar u ofrecer vigilancia fetal prenatal para personas con embarazos con alto riesgo de muerte fetal o con múltiples comorbilidades que aumentan el riesgo de muerte fetal. Esto puede ser particularmente importante en situaciones que involucran anomalías genéticas o estructurales fetales o cuando se inicia la vigilancia fetal prenatal alrededor del umbral de viabilidad, donde los objetivos de la embarazada para el cuidado del embarazo son críticos en la toma de decisiones.
  • La Tabla 1 presenta sugerencias para el momento y la frecuencia de la vigilancia fetal prenatal para condiciones específicas.
  • Es importante enfatizar que las orientaciones ofrecidas en esta Opinión de Comité deben entenderse únicamente como sugerencias; esta guía no debe interpretarse como mandato o como un todo abarcador. Existe una escasez de pruebas de la eficacia de la vigilancia fetal prenatal y de recomendaciones basadas en pruebas sobre el momento y la frecuencia de la vigilancia fetal prenatal; en consecuencia, para la mayoría de las condiciones, las recomendaciones para la vigilancia fetal prenatal se basan en gran medida en el consenso de expertos y en estudios observacionales relevantes.

 

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